Ana Gutierrez de Carmargo y Ortíz Vera
- ES 42004.AEA 01-01-07-00118
- Subserie
- 1598-02-03 - ?
Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN
Capellanía. fundada en Sn. Juan por dª Ana de Camargo, Condesa de Atarés.
Dña. Ana de Camargo, Condesa viuda de Atarés, y dueña de honor de los Sres. Reyes Católicos Dn. Carlos segundo, y Dª. Ana de Austria, su madre, por su testamento, y Codicilo dispuso se fundase una Capellanía colativa en la Iglesia Parroquial de Sn. Juan de esta Villa de Agreda, y Capilla de los Camargos, lo que como testamentario de la susodicha fundó Dn. Alvaro de Valenzuela, y Mendoza, Arcediano, que fué de Molina, y Canonigo de la Sta. Iglesia de Sigüenza, Capellan Mayor de las Sras. Descalzas de la Villa y Corte de Madrid; cuya fundación se otorgó en ella bajo el dia 29 de marzo de 1681 ante Vicente Suarez, Escribano. de la misma Villa, y Corte de Madrid. Nombra por Patronos a Dn. Antonio de Camargo, hermano de la dicha Dª Ana, y a sus hijos, y descendientes, y en falta de ellos a Dª. Ana de Heredia, y Mendoza, nieta de la susodicha, y sus ascendientes y descendientes, conforme fueren sucediendo en el Mayorazgo, que dicho Dn. Antonio poseyó en esta Villa de Ágreda, y en falta de ellos a Dª. Ysabel de Mendoza, nieta asi mismo de la referida Condesa, y a sus descendientes, y en falta de ello a los descendientes de Dn. Miguel de Camargo, los cuales dichos Patronos, cada uno en su tiempo, tengan obligación de presentar dentro de cuatro meses, que suceda la vacante, y si pasados no se nombrare ni presentare, el Iltmo. Sr. Obispo pueda nombrar, sin que en lo demás de la Fundación la pueda alterar, ni mudar en cosa alguna.
Llama al Patronato pasivo a los naturales de esta Villa de Agreda y su Tierra, y a los hijos, y criados de la Casa de los Patronos que sean hábiles.
Quiere que el Capellan que fue nombrado y presentado a esta Capellanía tenga obligación de decir por su Persona todas las semanas del año quatro misas rezadas en la dicha Iglesia Parroquial y capilla de los Camargos por el Alma de la referida Condesa, y por las de sus parientes, ascendientes, y descendientes, y no teniendo necesidad por las Almas, que más la tuvieren en las penas del Purgatorio, corriendo por cuenta del Capellan el pagar la cera, oblación, y demás necesario para la celebración de las misas, según costumbre de esta Villa.
Tiene actualmente los Censos siguientes.
Zaragoza Primeramente Los herederos de Dn. Ignacio Junqueras, y ahora a su nombre Dn. Joseph Juvo, Mercader en Zaragoza, paga de censo en cada un año 15 escudos por la principalidad de 500, redimibles esta corriente: su Plazo en 20 de Julio.
Idem Ítem. La Casa de Dn. Faustino de Acha, y Descartín en el mismo Zaragoza. paga anualmente. por la principalidad de 330 libras de otro censo redimible 110 reales. de plata: esta corriente: su plazo en 1 de Diciembre.
La Puebla Ítem. La casa de Dn. Antonio Ordovás en la Puebla de Albortón paga en cada un año por otro censo redimible de 500 libras 15 libras: Esta corriente: su Plazo en 24 de Marzo.
Muro en }
Castilla } Ítem. La viuda de Francisco. Calvo alias Nares, en el lugar de en Muro en Castilla, paga por otro censo redimible en cada un año 80 reales. 17 maravedíes. v. No se tiene presente att su principalidad y Plazo: esta corriente
Castilruiz Ítem. Bernabé Gómez, y Nicolasa Poyo, cónyuges, vecinos de Castilruiz, pagan por la principalidad de otro censo redimible de 500 ducados vellón de principal, 15 de la misma especie: su Plazo en 5 de noviembre: esta corriente, testificó el acto censal Manuel de Sauca, escribano de Agreda, en 5 de noviembre de 1770
Cervera Ítem. Baltasar de Agreda, de la Villa de Cervera, paga por otro censo redimible en cada un año 58 reales y 17 maravedís de vellón cuya principalidad de ignora al presente: su plazo en últimos de Marzo
Idem. Ítem. Joseph Gil del mismo Cervera paga en cada un año por otro censo redimible 104 reales 17 mrs. vn. cuya principalidad también se ignora al presente
Se pagan anualmente por razón del subsidio 30 reales vellón.
Archivo Diocesano de Tarazona