Iglesia Parroquial de San Juan Bautista

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Acta del entierro de D. Juan de Camargo

"En 30-03-1735, llegó a esta Parrochial del Señor San Juan Bautista de la Villa de Ágreda. El cadáver del Excmo. Sr. D. Juan de Camargo, que murió en Madrid el día 24 de Mayo de 1735, de edad de 73 años, y fue depositado en el Colegio de Los Padres Agusti

Camargo y Angulo, Juan Jeronimo de (Obispo de Pamplona, 1716-1725)

Ana Gutierrez de Carmargo y Ortíz Vera

Capellanía. fundada en Sn. Juan por dª Ana de Camargo, Condesa de Atarés.
Dña. Ana de Camargo, Condesa viuda de Atarés, y dueña de honor de los Sres. Reyes Católicos Dn. Carlos segundo, y Dª. Ana de Austria, su madre, por su testamento, y Codicilo dispuso se fundase una Capellanía colativa en la Iglesia Parroquial de Sn. Juan de esta Villa de Agreda, y Capilla de los Camargos, lo que como testamentario de la susodicha fundó Dn. Alvaro de Valenzuela, y Mendoza, Arcediano, que fué de Molina, y Canonigo de la Sta. Iglesia de Sigüenza, Capellan Mayor de las Sras. Descalzas de la Villa y Corte de Madrid; cuya fundación se otorgó en ella bajo el dia 29 de marzo de 1681 ante Vicente Suarez, Escribano. de la misma Villa, y Corte de Madrid. Nombra por Patronos a Dn. Antonio de Camargo, hermano de la dicha Dª Ana, y a sus hijos, y descendientes, y en falta de ellos a Dª. Ana de Heredia, y Mendoza, nieta de la susodicha, y sus ascendientes y descendientes, conforme fueren sucediendo en el Mayorazgo, que dicho Dn. Antonio poseyó en esta Villa de Ágreda, y en falta de ellos a Dª. Ysabel de Mendoza, nieta asi mismo de la referida Condesa, y a sus descendientes, y en falta de ello a los descendientes de Dn. Miguel de Camargo, los cuales dichos Patronos, cada uno en su tiempo, tengan obligación de presentar dentro de cuatro meses, que suceda la vacante, y si pasados no se nombrare ni presentare, el Iltmo. Sr. Obispo pueda nombrar, sin que en lo demás de la Fundación la pueda alterar, ni mudar en cosa alguna.
Llama al Patronato pasivo a los naturales de esta Villa de Agreda y su Tierra, y a los hijos, y criados de la Casa de los Patronos que sean hábiles.
Quiere que el Capellan que fue nombrado y presentado a esta Capellanía tenga obligación de decir por su Persona todas las semanas del año quatro misas rezadas en la dicha Iglesia Parroquial y capilla de los Camargos por el Alma de la referida Condesa, y por las de sus parientes, ascendientes, y descendientes, y no teniendo necesidad por las Almas, que más la tuvieren en las penas del Purgatorio, corriendo por cuenta del Capellan el pagar la cera, oblación, y demás necesario para la celebración de las misas, según costumbre de esta Villa.
Tiene actualmente los Censos siguientes.
Zaragoza Primeramente Los herederos de Dn. Ignacio Junqueras, y ahora a su nombre Dn. Joseph Juvo, Mercader en Zaragoza, paga de censo en cada un año 15 escudos por la principalidad de 500, redimibles esta corriente: su Plazo en 20 de Julio.
Idem Ítem. La Casa de Dn. Faustino de Acha, y Descartín en el mismo Zaragoza. paga anualmente. por la principalidad de 330 libras de otro censo redimible 110 reales. de plata: esta corriente: su plazo en 1 de Diciembre.
La Puebla Ítem. La casa de Dn. Antonio Ordovás en la Puebla de Albortón paga en cada un año por otro censo redimible de 500 libras 15 libras: Esta corriente: su Plazo en 24 de Marzo.
Muro en }
Castilla } Ítem. La viuda de Francisco. Calvo alias Nares, en el lugar de en Muro en Castilla, paga por otro censo redimible en cada un año 80 reales. 17 maravedíes. v. No se tiene presente att su principalidad y Plazo: esta corriente

Castilruiz Ítem. Bernabé Gómez, y Nicolasa Poyo, cónyuges, vecinos de Castilruiz, pagan por la principalidad de otro censo redimible de 500 ducados vellón de principal, 15 de la misma especie: su Plazo en 5 de noviembre: esta corriente, testificó el acto censal Manuel de Sauca, escribano de Agreda, en 5 de noviembre de 1770

Cervera Ítem. Baltasar de Agreda, de la Villa de Cervera, paga por otro censo redimible en cada un año 58 reales y 17 maravedís de vellón cuya principalidad de ignora al presente: su plazo en últimos de Marzo
Idem. Ítem. Joseph Gil del mismo Cervera paga en cada un año por otro censo redimible 104 reales 17 mrs. vn. cuya principalidad también se ignora al presente

Se pagan anualmente por razón del subsidio 30 reales vellón.

Archivo Diocesano de Tarazona

Capellanía de Pedro Justo Miguel Eraso fundación misa de Once

Ver notas.- Escritura de Fundación: Testimonio de Tomas Ximenez Madurga , ante Lucas Ximenez en el día 11-03-1667, al folio 260.
Capellanía de Pedro Justo Miguel Eraso fundación misa de Once en los días festivos en el altar de la Virgen de los Remedio

Miguel de Eraso, Pedro Justo

Capellanía Pedro Justo Miguel

Tipo: Capellanía perpetua laical
Sede: Parroquia de San Juan Bautista
Objeto: Celebrar misa de once en todos los días de fiesta en el altar de Nuestra Señora de los Remedios.
Inventario de escrituras de la capellanía

Miguel de Eraso, Pedro Justo

Cofradía de Santa Lucía, Virgen y Mártir de Ágreda

Tiene estatutos aprobados en el año 1574 por el Doctor. Don Clemente Serrano, canónigo de la Santa Iglesia de Tarazona, Provisor y vicario General de la misma y su Obispado por el Obispo D. Pedro de Luna.
Por el Sr. D. Francisco de Chaves y Córdoba, Corregidor de esta Villa, quien interpuso su autoridad, aprobándolos por hallarlos conforme a lo establecido en las Leyes.,

Beamonte Val, Félix

Cofradías que tienen su sede en la Iglesia Parroquial de San Juan Bautista y en su filial la Iglesia de San Pedro

Se ha recibido del Obispado de Tarazona una circular en la que se mandaba "dar un relación de la Cofradías fundadas en esta Iglesia, manifestando si sus estatutos tienen aprobación del Consejo Real, y la del Diocesano, todo en virtud de lo dispuesto en la Circular de S. A. el Regente del Reino, relativa a que los Diocesanos propongan al Ministerio de Gracia y Justicia las Cofradías , que por ser conformes a las disposiciones canónicas y civiles que rigen la materia, y convenientes por si institución y piadosos objetos, deben conservarse, y así mismo las que por carecer de estos requisitos pueden suprimirse"

Madurga López de Medrano, Luis (1801-1874)

Demarcación de las Iglesias Parroquiales de Ágreda

De las seis Parroquias existente a la fecha por Real Cédula se acordó hacer y se hizo la demarcación de los feligreses , distrito y límites de cada una de las tres Parroquias únicas , que quedan en esta dicha Villa y son Nuestra Señora de Yanguas, por otro nombre , de los Milagros, la de San Juan Bautista y la de San Miguel, declarando ante todas cosas ,que las dichas tres Iglesias Matrices, deberán tener por filiales, a saber la de Nuestra Señora de Yangüas a la de Nuestra Señora de Magaña, la de San Juan , a la de San Pedro, y la de San Miguel , a la de Nuestra Señora de la Peña, no obstante hallarse esta en el territorio, se asignara a Nuestra Señora de Yangüas

Obispado de Tarazona

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